Actualmente en el Estado español hay aproximadamente como máximo 2.000 trabajadores desempeñando su labor bajo agua, estamos hablando de los desconocidos buzos profesionales, un pequeño colectivo ignorado durante muchos años por las administraciones y que continúa siendo invisible para la sociedad en general.
La ley 47/2015 de 21 de octubre con entrada en vigor el 1 de enero del 2016 encuadrando al buceo profesional en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, siendo el Instituto Social de la Marina (ISM) entidad gestora con competencia en las contrataciones y la regulación de los reconocimientos médicos anuales de aptitud a los buzos, pero no se les otorgó el beneficio de coeficientes reductores para la jubilación.
Su profesión es definida por la legislación laboral española como una actividad laboral peligrosa, incluida en el Anexo I del Reglamento de Servicios de Prevención, donde se recogen actividades especialmente peligrosas. Se encuentra dentro del listado del RD de Enfermedades Profesionales, apareciendo en el Anexo II del Real Decreto 1627/1997 y es considerada una profesión especialmente peligrosa por el Real Decreto 39/1997.
Los/as buzos profesionales realizan una labor penosa trabajando en un medio hostil acuático con inclemencias climatológicas adversas, cargando con un equipo de más de 30 kg, expuestos a condiciones termohigrométricas desfavorables, a riesgos hiperbáricos, a lesiones ocasionadas por organismos marinos, a atrapamientos, a mutilaciones, a la ingravidez, al aislamiento y a la oscuridad ocasionada por el medio.
Estos profesionales utilizan mezclas de gases para poder respirar mientras trabajan, utilizando diferentes combinaciones en el porcentaje de oxígeno, nitrógeno y helio, es evidente el grado de toxicidad al que están expuestos.
Este trabajo está considerado como la actividad laboral regulada con mayor siniestralidad del mundo, su media de edad con patologías invalidantes es de 33 años, teniendo hasta 290 veces más riesgo de sufrir un accidente mortal que la media de la población laboral española.
Estos hombres y mujeres cada vez que se sumergen se enfrentan a posibles enfermedades descompresivas, ahogamientos, barotraumas de oído, atrapamientos, hipotermias, embolias, intoxicación por gases, mutilaciones, sobrepresión pulmonar, hipoacusias y alteraciones psicológicas mientras están desarrollando trabajos como la construcción de puertos, presas, esclusas, emisarios y puentes, labores en plantas nucleares y centrales térmicas, trabajos en la industria del petróleo (plataformas petrolíferas, monoboyas y gaseoductos), mantenimiento de boyas meteorológicas, voladuras subacuáticas, actividades arqueológicas y biológicas, búsqueda de personas y embarcaciones, reflote de buques, trabajos en el sector de la acuicultura (montaje, revisión y mantenimiento), buceo extractivo (recolección de organismos marinos), trabajo en las almadrabas, inspecciones de barcos, hélices, rejillas y limpieza de cascos. Además, este colectivo también sufre los riesgos comunes del resto de los trabajadores de tierra. En muchos casos las instalaciones de habitabilidad como centro de trabajo son inadecuadas o inexistentes tanto en las embarcaciones como en las de tierra. Al estar sometidos a las inclemencias del medio estas pueden provocar alteraciones respiratorias y mareos por cinetosis.
Con estas realidades que son su presente y futuro, queda sobradamente probada la alta peligrosidad, penosidad y toxicidad del trabajo de buzo profesional. Aun con estas evidencias palpables y documentadas este colectivo lleva ya quince años luchando por la mejora de su actividad laboral y por una necesaria jubilación acorde con su profesión, utilizando la palabra, solicitando justicia laboral mediante peticiones y comunicados por escrito a distintos grupos parlamentarios, concentraciones ante las administraciones, reuniones con diferentes fuerzas políticas presentando informes médicos y de siniestralidad, recogidas de firmas, noticias y artículos en prensa escrita y redes sociales, la campaña #CoeficientesReductoresYa, entrevistas de radio y televisión.
Aunque nada de lo reivindicado, expuesto, razonado y documentado parece hacer mella al poder legislativo cuando tomó la decisión de vetar de manera absolutista tanto en el Congreso como en el Senado todas las enmiendas que otorgaban un COE digno o más acorde con la actividad del buceo profesional, concediéndoles a estos trabajadores un raquítico 0,15 de coeficiente reductor para la jubilación con carácter retroactivo a partir del 2016 y únicamente para los contratados al amparo del Instituto Social de la Marina (ISM) y, a la vez, excluyendo a los contratados bajo el Régimen General de la Seguridad Social, algo que resulta vergonzoso e indignante, quedando abocados un gran número de trabajadores que llevan 30 años o más dejada en inmersión cada día una parte de su vida al no poder obtener beneficio de una jubilación anticipada merecida por derecho. Este carácter retroactivo aplicado junto con el coeficiente reductor aprobado condena a estos/as profesionales a no poder finalizar su trayectoria laboral con una dignidad física aceptable, a obtener una declaración de ¨no apto¨ en el reconocimiento médico engrosando así la lista del paro, a una incapacidad permanente o a morir trabajando.
Otras reivindicaciones que han sido y son actualmente causa de la lucha activa del colectivo de buceadores profesionales provocando una gran problemática en el sector es la necesaria revisión y actualización del cuadro de enfermedades profesionales ocasionadas por el ejercicio de su actividad laboral; actualizar el censo de Buzos Profesionales en todo el Estado español y la revisión del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo.
Estas tres demandas, junto con la decepción de los/as buzos por los deficientes coeficientes reductores aprobados y el injusto carácter retroactivo aplicado, se encuentran relacionadas entre sí pudiéndose resumir en un solo anhelo: la perseverante búsqueda del sector del buceo profesional por una mejora de las condiciones laborales y la seguridad en su profesión.
CGT Mar y Puertos, amparada por la razón y el derecho, expresa enérgicamente su desacuerdo con la aprobación del escaso 0,15 de coeficiente reductor para la jubilación y la aplicación de un excluyente carácter retroactivo a partir del 2016. Esta formación sindical continuará en lucha constante hasta la obtención de una jubilación digna con una retroactividad para el buceo profesional sin exclusiones ni limitación temporal.