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Temporal, a turnos, con necesidades de  conciliación, es despedido tras una larga  defensa de sus derechos, contra la Dirección  de Aena

28 de abril de 2023
Home Sector Aéreo
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CGT exige que se respete el preaviso mínimo de cinco días en la  comunicación a las personas trabajadoras de las coberturas obligatorias  de servicios 

Una historia interminable, que comentaremos ahora y con la que muchas personas trabajadoras se  podrán sentir identificadas, ha terminado fatalmente con la imposición de la fuerza, por parte de Aena. 

Aena ha despedido a un trabajador del Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol, con iniciales JCGR y  categoría profesional de Técnico de Programación y Operaciones (TPO). 

JCGR, es un trabajador no fijo de plantilla, que lleva encadenados multitud de contratos de diferente  duración, desde el 19 de febrero del 2017, todos ellos desempeñados de forma responsable y sin ningún  incidente profesional, pero eso si llevando tras de sí el estigma de trabajador PRECARIO de Aena. 

Por un día que trabajó 12h le pagaron 11€. Cambio de contrato y como cubría una reducción de jornada  le engañaron y denunció, porque no le abonaron ni la dieta  del día. Denunció en la Inspección de trabajo.  

En otra ocasión, denunció a Aena en la Inspección de  trabajo porque no le dieron el finiquito cuando finalizaba el  contrato. Gana la denuncia. La jefa de RRHH indignada  diciendo que en ningún aeropuerto dan el finiquito y que  eso supone más trabajo. Se dedican a decir a los  interinos, que por culpa de la CGT, tienen que acercarse  al aeropuerto y firmar si quieren recibir el finiquito. Si el  compañero JCGR, es afiliado a CGT. Harto de la injusticia que tienen con los interinos y  luchando por algo que llevamos tiempo reivindicando, por  que no podía hacerlo a causa de su conciliación familiar y  entendiendo así, lo que la ley dice, comunica su  imposibilidad de realizar un COS por incumplimiento de  Aena del tiempo mínimo de preaviso y por razones de conciliación familiar. 

Hay que tener en cuenta que al ser interino le metían una bolsa de horas anual, la máxima del ANEXO  V, cuando sus contratos eran inferiores al año, por tanto no proporcional a la duración de su contrato. 

Se le sancionó con 20 días de empleo y sueldo por no realizar 2 COS con menos de 5 días. Se verá el  juicio el 17 de abril.

Se le volvió a abrir otro expediente sancionador por 4 COS nombrados con menos de 48h a los que  contestó por escrito que no podía realizarlos. Han ido a muerte a por él. El por su parte tiene varias  denuncias presentadas en la Inspección de trabajo. Finalmente tras un largo expediente disciplinario,  prorrogado en varias ocasiones, la Directora de Organización y Personas ha resuelto que el trabajador  sea DESPEDIDO. 

La cuestión por la que es despedido, es INSUBORDINACIÓN, concepto que choca frontalmente con una  sociedad en la que nos declaramos democrática y no militarista. Desde un punto de vista militar podría  tener sentido, si estando con un superior en la trinchera, no se obedeciera una ORDEN directa, pero la  cuestión en este caso es, que el supuesto insubordinado se encuentra disfrutando de su tiempo libre en  casa, y por tanto fuera del alcance del supuesto Orden Jerárquico, que se pretende montar también  cuando no estás en el centro de trabajo.  

Es evidente que el uso de la fuerza en manos del empresario, sólo se ejerce para amedrentar al resto de  los que quedamos en la casa, y no solo al DESPEDIDO. El mensaje es claro, Aena quiere disponer de  todo el tiempo de nuestra vida, tanto si estamos en nuestra jornada laboral, como cuando estamos en  el resto del tiempo de nuestra vida personal. 

El problema de fondo, no se le escapa a nadie, no es otro que la falta de personal en Aena, fruto de las  decisiones empresariales de austericidio, que mantienen de momento, al tiempo que reparten suculentos  dividendos y privatizan servicios, como objetivo principal. 

Decimos de momento, porque nos consta que en las mesas de negociación del convenio sí que enseñan  un generoso aumento de personal, pero mucho nos tememos que se esté utilizando como palanca de  fuerza para colar un nuevo convenio a la baja para después de las elecciones sindicales del 24 de mayo. 

La cuestión primordial de este DESPIDO, es el incumplimiento reiterado por parte de Aena de la  Legislación vigente en materia de jornada, sus tiempos de descanso mínimos, y el preaviso mínimo de 5  días que regula nuestra legislación vigente. 

Aena conoce esta legislación, pero además ha sido requerida por La inspección de Trabajo a que  la cumpla expresamente y de forma inmediata en su escrito de 31/08/2022, cuando dice: 

V. Por lo expuesto, y en base a lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE del 23), se ha formulado requerimiento a la empresa para que, con carácter inmediato y de manera permanente, respete el preaviso mínimo de cinco días en la comunicación a las personas trabajadoras de las coberturas obligatorias de servicios, dando cumplimiento a lo establecido en el ya citado artículo 34.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La negación de esta realidad laboral, por parte de Aena, está produciendo incumplimientos de nuestra  legislación vigente y que de ninguna manera pueden derivar en el despido de un trabajador. 

En un escrito remitido al Presidente de Aena, se pone en relevancia que según el Artículo 95. punto 4.  letra b), de nuestro convenio colectivo:  

“No se considerará insubordinación cuando medie arbitrariedad, injerencia, abuso de autoridad.  “ 

Así mismo, exigimos al presidente de Aena, que cumpla con el requerimiento de Inspección de trabajo y  de instrucciones para que ”con carácter inmediato y de manera permanente, se respete el preaviso  mínimo de cinco días en la comunicación a las personas trabajadoras de las coberturas  obligatorias de servicios”, así como la readmisión inmediata del compañero JCGR, del Aeropuerto de  Málaga. 

Esta situación ha colmado cualquier vaso, es el momento de que todos los sindicatos, firmantes  y no firmantes del convenio, se posicionen del lado de los trabajadores precarios, y de los  trabajadores sometidos a esa injusta Cobertura Obligatoria de Servicios. 

¡POR LA READMISIÓN DEL COMPAÑERO DESPEDIDO¡ 

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★ELECCIONES SINDICALES★

En las elecciones sindicales realizadas en la empresa «Interactiva Facility Services», CGT ha sacado 8 delegadas, obteniendo así, la mayoría del comité. Enhorabuena a las compañeras, ahora empieza lo verdaderamente difícil.

En las elecciones sindicales celebradas en AENA, empresa ubicada en Manises y que se dedica a la gestión de servicios aeroportuarios CGT-València se presentaba por primera vez y ha obtenido un representante. Mucho ánimo y fuerza en la lucha.

En la empresa Skytanking S.L. que se dedica al suministro de combustible a aviones del Aeropuerto Valencia, CGT se presentaba por primera vez a las Elecciones Sindicales (EESS), del 20 marzo del 2023 y ha sacado el único delegado al que se optaba.

En las EE.SS realizadas el 27 de febrero de 2023 en la empresa Boluda Trucks, CGT ha obtenido 2 de los 3 delegados.

 

CONVOCATORIAS/AGENDA

Si nos superamos, si conquistamos nuestra capacidad y nos colocamos en condiciones de actuar de modo enérgico, de hacer frente a toda posibilidad de ataque, seremos respetados, atendidos y nos impondremos.
Salvador Seguí

SINDICATO CGT-STCM. Con Licencia Creative Commons Confederal (CCC)
Si nadie trabaja por tí, que nadie decida por tí.

CGT - Confederación General del Trabajo

SINDICATO TRANSPORTES, COMUNICACIONES Y MAR DE LA FEDERACIÓN LOCAL DE VALENCIA

Av. del Cid, 154
46014 Valencia.
✆Tel 963 834 440
Fax.963 834 447
comunicacion@stcmvcgt.org
transporte@cgtvalencia.org

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