El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes 27 de junio la prórroga del real decreto-ley de medidas para hacer frente a la inflación y a las consecuencias de la guerra de Ucrania, entre las que se incluyen tres permisos para la conciliación que formaban parte del proyecto de ley de familias y el permiso de 15 días para las parejas de hecho.
La prórroga del decreto-ley contempla la aprobación de los siguientes permisos para la conciliación que recogía el proyecto de ley de familias:
- Permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar de segundo grado o un conviviente, con o sin parentesco, en caso de hospitalización, accidente, enfermedad grave o una intervención quirúrgica que precise de reposo domiciliario.
De esa manera, se amplía de dos días a cinco días el permiso ya existente y se incluye que aplique también a convivientes con o sin parentesco.
- Permiso retribuido de ausencia por “causas de fuerza mayor”. Este permiso permite la ausencia cuando hay “motivos familiares urgentes e imprevisibles”. De esta manera, los trabajadores podrán utilizar este permiso de cuatro días al año por horas o días.
- Permiso no retribuido de ocho semanas dirigido a padres con hijos de hasta ocho años. Este permiso podrá tomarse de forma continua o discontinua.
Por otro lado, el real decreto-ley recoge otras medidas ligadas a la conciliación y permisos que amplían los derechos a distintos modelos de familias, que también preveía el proyecto de ley del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
- Parejas de hecho. Asimismo, se aprueba que las parejas de hecho tengan el derecho a los 15 días de permiso cuando formalicen su situación en el registro, un derecho equiparable al que se concedía en caso de matrimonio.
- Reducción de jornada: se amplía el derecho a la reducción de jornada a quienes necesiten cuidar de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho. Y se extiende este derecho para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad, menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65% y se acredite antes de cumplir los 23 años.